Pregunta Popular No. 7

Pregunta: Me lastimé en el trabajo. Puedo aún recobrar retibución monetaria por mis lastimaduras?

Respuesta: En California, la mayoria de empeados están cubiertos por Compensación de Trabajo. Esto prove pagos para gastos médicos y de hospital, y reembolso parcial de salario perdido, por razón de lastimaduras durante el curso de su empleo. También, los beneficios de compensación de trabajo puede incluir un pago grueso por daños permanentes. Generalmente, si el accidente fue causado solamente por la persona lastimada, su patrón, o un compañero de trabajo, el beneficio de Compensación de Trabajodores es el único remedio para el empleado lastimado, y el empleado por lo regular no podrá demandar a su patrón por retribución monetaria por sus daños y perjucicios. Sin embargo, si una persona, negocio, etc., ó otro que no sea patrón ó compañero de trabajo de el damnificado fuera el culpable, parcial ó enteramente, por el accidente, la persona lastimada puede demander a los responsible por sus lastimaduras.

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